Esta pregunta ronda en la mente de millones de inmigrantes hispanos que se ubican en el estado de Nueva York en busca de mejores oportunidades salariales.
El Departamento del Trabajo del estado de Nueva York indicó que desde el 31 de diciembre de 2016 y hasta el 30 de diciembre de 2017, el sueldo mínimo en Nueva York sería así:
En cuanto al sueldo mínimo para los trabajadores de establecimientos de comida rápida el cálculo es así:
En el estado, los empleados del sector privado deben recibir el salario mínimo básico, inclusive los trabajadores domésticos (en la mayoría de los casos), aseguró el Departamento del Trabajo. Es posible que la tarifa básica cambie de acuerdo con normas conocidas como “órdenes de salarios”, las cuales establecen la paga mínima para empleos en:
Las órdenes de salarios establecen:
Además, existen varias órdenes de salarios que establecen tarifas mínimas de pago por hora menores si los trabajadores reciben propinas de manera regular. Estas órdenes de salarios son publicadas en el sitio web del Departamento de Trabajo, en www.labor.ny.gov/minimumwage.
Cuando los trabajadores deben hacerse cargo ellos mismos de los uniformes obligatorios, deben recibir un monto adicional sobre el salario mínimo. A los empleados que trabajan por pieza se les debe pagar una tarifa que les permita cobrar, por lo menos, el salario mínimo básico.
Una semana laboral estándar tiene 40 horas. Si los empleados trabajan más horas, el empleador deberá pagarles 1 ½ veces el salario normal. El Departamento de Trabajo ayuda a cobrar salarios retroactivos para los trabajadores que no han recibido el salario mínimo.
Los empleadores que infringen la Ley sobre el Salario Mínimo pueden estar sujetos a órdenes de pagar:
También pueden estar sujetos a acciones penales y sanciones. Las multas por infracciones pueden alcanzar hasta el 200 por ciento de los salarios que faltan.
Asimismo, es posible que deban pagar un interés del 16 por ciento sobre los salarios no pagados. Los empleadores deben colocar un póster sobre el Salario Mínimo en su lugar de negocio, donde los empleados puedan verlo.
Los empleadores que tengan preguntas o inquietudes relacionadas con la adherencia a la Ley sobre el Salario Mínimo pueden comunicarse con el Departamento de Trabajo para recibir ayuda, llamando al (888) 469-7365, de lunes a viernes entre las 8 a.m. y las 5 p.m.
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